IMM autorizó el fraccionamiento de ciertos alimentos

La Intendencia Municipal de Montevideo informó en el mes de Abril que se resolvió autorizar la venta de alimentos fraccionados durante 180 días en comercios menores de 100 metros cuadrados y comercios de cercanía.
En ese sentido, se podrán fraccionar productos poco perecederos que se encuentren habilitados por el Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia, lo que implica que tienen asegurada la calidad higiénico – sanitaria
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PRODUCTOS QUE NO SE PODRAN FRACCIONAR:

  • manteca
  • margarina
  • ricotta
  • crema de leche
  • pastas frescas rellenas
  • conservas de tomate
  • leche en polvo
  • especias
  • miel
  • sal
  • azúcar industrial
  • queso rallado
  • conservas
  • alimentos congelados
  • aceites de oliva

CONDICIONES DEL FRACCIONAMIENTO
• Al adquirir los productos, los clientes podrán llevar su propio recipiente para llevar el producto o solicitar una bolsa de nylon al comercio, sanitizadas en forma reglamentaria.

El fraccionamiento debe realizarse en áreas específicas de los comercios alimentarios. Se recomienda para el personal que fracciona los alimentos, utilizar guantes desechables y tapabocas, a efectos de garantizar la inocuidad del producto.

• Los alimentos fraccionados, deberán ser manipulados por un empleado con carné de manipulación de alimentos, que será brindado de manera gratuita por la IMM y se va a poder solicitar de forma online (tema que ya hemos informado anteriormente).

Para los alimentos envasados a granel se dispuso que podrán ampliar el rango de kilaje entre 5 kg y 20 kg, previa solicitud expresa ante el mencionado Servicio, sin necesidad de ingresar un nuevo registro ni pago de tasas adicionales a tales efectos.

• Los productos elaborados en otros departamentos del país no van a tener que pagar para registrarse en Montevideo.