Se promulgó hace pocas semanas la ley que amplía la licencia por maternidad -de 14 a 18 semanas- para madres de niños prematuros que nazcan con un peso de 1,5 o menos kilogramos, extendiendo los períodos de amparo de los subsidios por maternidad, paternidad y cuidados parentales.
Estos beneficios son para los nacimientos ocurridos a partir de la vigencia de la ley, pero además en aquellos casos en que los padres estén usufructuando el subsidio por maternidad o el subsidio por inactividad compensada por paternidad.
NUEVOS PERIODOS DE AMPARO ESTABLECIDOS
1.-Casos de nacimientos múltiples, o peso al nacer menor o igual a 1,5 kg.
BENEFICIO y PERIODO DE AMPARO (respectivamente en cada uno)
Subsidio por maternidad
Hasta 18 semanas, sin necesidad de preaviso al empleador.
Subsidio por paternidad
Máximo 30 días continuos. Se cuentan desde concluída la licencia por paternidad de los 3 días dispuesta por la ley del 2008.
Subsidios para cuidados parentales
Para ambos padres, el amparo se inicia al día siguiente del término del subsidio por maternidad, y se extiende hasta los 6 meses de edad del hijo.
2.-Casos en que el recién nacido presente algún transtorno, enfermedad, comorbilidad o afección, que implique riesgo o compromiso de vida. También casos que involucren incapacidades sensoriales, físicas o intelectuales, ya sea con internación o tratamiento domiciliario.
BENEFICIO y PERIODO DE AMPARO (respectivamente en cada uno)
Subsidio por maternidad
Podrá extenderse hasta los 6 meses del bebé, también sin necesidad de preaviso al empleador.
Subsidio por paternidad
Máximo 30 días continuos. Se cuentan desde concluída la licencia por paternidad de 3 días de la ley del 2008.
Subsidio para cuidados parentales
Para ambos padres, el amparo comienza al día siguiente al término de subsidio por maternidad, y se extiende hasta los 9 meses de edad del hijo.
BENEFICIO y PERIODO DE AMPARO (respectivamente en cada uno)
Subsidio por maternidad
La beneficiaria iniciará la licencia maternal de inmediato, y el descanso puerperal será hasta las 14 semanas, o las 8 semanas posteriores a la fecha del parto prevista inicialmente (si este venciere con posterioridad a aquel)
3.- Parto prematuro a partir de la semana 34 de gestación inclusive.
Subsidio por paternidad
Máximo 30 días continuos. Se cuentan desde concluída la licencia por paternidad de 3 días de la ley del 2008.
Subsidio por cuidados parentales.
Para ambos padres, el amparo comienza al día siguiente al término del subsidio por maternidad, y se extiende hasta los 6 meses de edad del hijo.
4.-Parto prematuro antes de la semana 33 inclusive.
BENEFICIO y PERIODO DE AMPARO (respectivamente en cada uno)
Subsidio por maternidad
La beneficiaria iniciará la licencia maternal de inmediato,y el descanso puerperal será hasta las 18 semanas, o las 8 semanas posteriores a la fecha del parto prevista inicialmente (si este venciere con posterioridad a aquel).
Subsidio por paternidad
Máximo 30 días continuos. Se cuentan desde concluída la licencia por paternidad de 3 días de la ley del 2008.
Subsidio por cuidados parentales
Para ambos padres, el amparo comienza al día siguiente al término del subsidio por maternidad, y se extiende hasta los 6 meses de edad del hijo.