El año que finaliza, ha sido de importantes resoluciones en el área Laboral, mediante leyes y decretos que acompañan la realidad económica y de la sociedad. Realizamos un resumen de las mismas con las más importantes.
1. Modificación de la ley de licencia por paternidad: la ley 20.364 modificó esta normativa extendiendo el período de licencia paternal de los trabajadores privados de los 15 días desde la aplicación de la ley a 20 días a comienzos del 2026.
Por otra parte, si estos trabajadores en ausencia por paternidad o adopción son despedidos dentro de los 30 días siguientes a su reintegro, tienen derecho a una indemnización especial igual a tres meses de salario, además de la indemnización legal que les corresponda. Obviamente se exceptúan los casos de notoria mala conducta o despidos por otras razones a la ausencia por paternidad.
2. Inclusión del Test del Virus del Papiloma Humano (VPH), dentro de los exámenes médicos obligatorios para las trabajadoras.
La ley No.20.361 establece un día de licencia anual con goce de sueldo a los efectos de realizarse la prueba de VPH y/o Papanicolau, como la mamografía u otros exámenes recomendados por el MSP. Es importante destacar que los centros sanitarios que expidan el carnet de salud deben brindar la posibilidad de hacerse estos exámenes conjuntamente.
3. Ampliación del subsidio prenatal para casos de embarazo múltiple:
La nueva ley 20.365 permite abarcar situaciones en la gestación de dos o más hijos. El subsidio prenatal será equivalente al triple del que correspondería en el régimen general por cada hijo en gestación hasta los 5 años de edad, con ajustes en los años posteriores. El beneficio se percibe independientemente de la existencia de una relación laboral formal.
4. Ratificación del Convenio Internacional del Trabajo (numeral 187) para implementar medidas de prevención en salud y seguridad laboral.
Con la ley 20.354 se ratifica el Convenio Internacional del Trabajo (numeral 187), cuyo objetivo principal es promover una cultura de prevención en materia de seguridad y salud laboral. El objetivo es garantizar un entorno de trabajo seguro para todos los empleados, impulsando medidas preventivas tanto a nivel individual como colectivo.
Las empresas deben tener un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, (elaborado por un profesional o técnico con título habilitante- Técnico Prevencionista, Médico Ocupacional o Tecnólogo en Salud Ocupacional), con periodicidad de 6 meses o al ser modificadas las condiciones de trabajo.
5. Desde Marzo 2024 usuarios del FONASA pueden cambiar de prestador de salud.
Se pueden cambiar de prestador de salud los beneficiarios del Seguro Nacional de Salud que cuenten como mínimo con 2 años de permanencia en el mismo prestador.
También los beneficiarios asignados de oficio a ASSE, por haber vencido el plazo de 180 días desde su incorporación al Seguro Nacional de Salud, sin haber hecho uso de la opción por ningún prestador de salud.
Los usuarios pueden cambiar de prestador ordenados por la coincidencia del mes con el dígito verificador de su cédula de identidad.
En el caso de los menores de edad o personas con discapacidad a cargo, se podrán modificar conjuntamente con el gestor del beneficio, tomando en cuenta la antigüedad como el dígito verificador.
El cambio de prestador al elegido, se hace efectivo a partir del primer día hábil siguiente al trámite.
6. Reconocimiento del derecho de los progenitores respecto a los nacidos sin vida.
La ley 20.377 promueve el reconocimiento de la maternidad y la paternidad en relación con los nacidos sin vida, garantizando a los progenitores el derecho a la inhumación, cremación e inscripción de estos.
Por otra parte, establece que los progenitores de nacidos sin vida tienen derecho a una licencia especial por duelo de tres días hábiles pagos, y a la licencia por maternidad o paternidad si el embarazo superó las 20 semanas de gestación o presentó un peso superior a los 500 gramos.
7. Norma para el cobro de Propinas por medios electrónicos de pago:
Mediante la Ley No. 20.243 se establece que todo trabajador que perciba propinas habitualmente se le abonen por medios electrónicos. Es de responsabilidad del empleador habilitar la tecnología disponible para que los clientes pueden incluir la propina en el medio de pago del servicio o producto. La liquidación de las propinas a través de estos medios será dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente o por los acuerdos logrados, tanto individuales como colectivos.
Por consultas ampliatorias sobre cualquiera de estas Resoluciones, dirigirse al Departamento Laboral de Bachini Consultores.