El convenio colectivo del servicio doméstico – grupo 21 – creó la “Prima por Presentismo”, vigente desde Abril del 2013. Esta se abona con el Aguinaldo, en sus dos oportunidades.
Esta Prima consiste en el pago del equivalente a una cuarta parte del medio aguinaldo que le corresponde percibir a cada trabajador, condicionado a que en el período considerado a los efectos del aguinaldo (1 de diciembre/31 de mayo y 1 de junio/30 de noviembre) haya tenido una asistencia perfecta.
¿QUE DEBE HACER EL EMPLEADOR DEL TRABAJADOR DOMESTICO ANTE EL BPS?
*Trabajador con prima por presentismo: no debe realizar ninguna gestión. BPS calculará en forma automática los aportes por dicha partida.
*Trabajador sin prima por presentismo: deberá informarlo a BPS en el período 1/6/2025 al 30/6/2025.
CUALES SON LAS INASISTENCIAS JUSTIFICADAS
* Enfermedad debidamente comprobada (mediante certificación del BPS o BSE).
* La licencia anual reglamentaria
* Las licencias especiales (ej. Ley N.º 18.345, Ley N.º 18.458, Convenios Colectivos)
* Las inasistencias derivadas del ejercicio del derecho de huelga decretadas por el PIT-CNT y/o SUTD.
PLAZO PARA INFORMAR AL BPS LAS INASISTENCIAS NO JUSTIFICADAS
Reiteramos que los empleadores tienen plazo hasta el 30 de junio de 2025 para informar al BPS cuando, por inasistencias del trabajador, no le corresponda la prima por presentismo.
En ese sentido, la información al BPS es mediante la Declaración de No presentismo, a presentar en Junio con plazo máximo el 30 de Junio de este año.
Pueden hacerlo por la aplicación móvil “BPS trabajo doméstico” y allí utilizar la funcionalidad “Declarar no presentismo”.
También por: Servicios en línea: Usuarios registrados, Trabajo Doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos.
*Para usuarios no registrados, Informar no pago de prima por presentismo de Trabajo Doméstico.
Por información general puede comunicarse al teléfono 0800 2001, Asistencia al Contribuyente.
Para consultas específicas puede generar un código PIN y comunicarse al 0800 2001 opción 2 Trabajo doméstico.

