La clausura de empresas en Uruguay requiere una planificación cuidadosa, documentación completa y cumplimiento de plazos para evitar sanciones.
Es muy frecuente recibir consultas sobre este procedimiento cuando las personas enfrentan situaciones complejas a resolver en el menor plazo posible, como por ejemplo acceder a una jubilación. Es importante tener en cuenta que estos procesos se pueden realizar en cualquier instancia y lo ideal es no llegar a la situación de urgencia.
A continuación se amplían las 6 claves para llevar adelante una clausura de empresa, con respaldo oficial.
1. Determinar la fecha de clausura de la empresa
La fecha de clausura debe reflejar el cese real de actividades. Si se trata de una fecha pasada, se requiere reconstrucción documental: declaraciones juradas, pagos a DGI y BPS, y estado patrimonial. Esta fecha es clave para calcular multas y validar la inactividad.
-En el caso de empresas unipersonales, el trámite debe iniciarse dentro de los 30 días corridos desde la fecha de cese.
2.Documentación exigida según forma jurídica de la empresa a clausurar
Para iniciar el trámite de clausura es ideal tener la documentación completa de la empresa. Según el tipo de sociedad, son los requerimientos para poder darle curso a la clausura.
Cada tipo de empresa tiene requisitos específicos para ser clausurada:
*S.A.: estatutos, acciones, libro de asambleas, publicaciones, y declaración de destrucción de acciones si la clausura es posterior al 01/11/2014.
*SRL: contrato social, modificaciones, cesiones, última facturación, pagos a DGI/BPS, y declaraciones juradas regularizadas.
*Unipersonales: deben presentar el formulario 0453 si usaban comprobantes no electrónicos, o reportar todos los comprobantes electrónicos si estaban adheridos a eFactura.
Si falta documentación, se puede subsanar, pero implica costos y demoras.
3. La empresa no debe tener bienes ni deudas
Al momento de clausurar, la empresa debe estar actividad, así como sin activos ni pasivos. Esto incluye inmuebles, vehículos, maquinaria, valores, cheques emitidos, deudas bancarias o comerciales.
Esto es muy importante ya que, de no cumplirse este requisito, es preciso hacer un proceso de liquidación anterior al proceso de clausura.
4. Las sociedades no prescriben
Aunque BPS o DGI puedan realizar clausuras de oficio por inactividad, esto no equivale a una clausura legal. La empresa sigue existiendo hasta que se tramite formalmente la baja y se obtenga la constancia de clausura.
5. Plazos y sanciones
El plazo para clausurar sin multas es de 30 días desde la fecha de cese. Si se excede o se solicita clausura retroactiva, se aplican sanciones:
-DGI: publica anualmente las multas actualizadas cada 1º de enero.
-BPS y MTSS: aplican multas en Unidades Reajustables (UR), que varían periódicamente.
6. Intervención de escribano público
En la mayoría de los casos, se requiere la participación de un escribano para certificar documentos como recisiones, testimonios, y destrucción de acciones (en S.A.), según el tipo societario necesario.
Esto garantiza la validez jurídica del trámite ante los organismos y permite obtener la Constancia de Clausura.
En Bachini Consultores con nuestro Departamento de “Trámites y Gestoría”, lo asesoramos para realizar la clausura de la empresa que necesite, para su total tranquilidad posterior.
Asimismo para la apertura de nuevas empresas, con la mejor forma jurídica de acuerdo a su situación y perfil de emprendimiento.
