Durante el mes de Junio del 2024 se observan los siguientes feriados dispuestos a través de Convenios Colectivos firmados en el ámbito de los Consejos de Salarios, con su forma de remuneración.
1 DE JUNIO
GRUPO 1 SUBGRUPO 01 CAPÍTULO 1 – INDUSTRIA LÁCTEA
El día 1° de junio de cada año, se conmemora el Día Internacional de la Leche, se celebrará el Día del Trabajador de la Industria Láctea. Es Feriado pago. En caso de prestar servicios en dicha jornada, se retribuirá doble.
GRUPO 1 – SUBGRUPO 01 CAPÍTULO 2 – DISTRIBUIDORES DE PRODUCTOS LÁCTEOS
Misma situación: el día 1º de junio de cada año (día internacional de la leche). Es Feriado pago, y también se debe abonar doble en caso de que se presten tareas en dicho día.
GRUPO 1 – SUBGRUPO 01 CAPÍTULO 1.3 – HELADERÍAS INDUSTRIALES
DÉCIMO SEGUNDO: Feriado no laborable (pago) el 1º de junio de cada año.
10 DE JUNIO
GRUPO 06 – SUBGRUPO 01 – CELULOSA, PAPEL, PAÑALES, CARTÓN Y SUS PRODUCTOS
El día 10 de junio es el “Día del Trabajador Papelero”, que tendrá el carácter de feriado pago. En caso de que la empresa decida trabajarlo será obligatorio hacerlo y se abonarán 8 (ocho) horas comunes adicionales.
15 DE JUNIO
GRUPO 16 – ENSEÑANZA
El 15 de junio de cada año por ley es el “Día Nacional del Trabajador de la Enseñanza Privada» como Feriado no laborable a los trabajadores del sector.
19 DE JUNIO
GRUPO 10 – SUBGRUPO 13 – DISTRIBUCIÓN DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS.
Día del trabajador de las droguerías. Es Feriado pago para sus trabjadores. Los trabajadores convocados por la empresa podrán concurrir a sus puestos de trabajo en forma normal con paga doble. En caso de no concurrir, la paga será como si se hubiera ido a trabajar.
GRUPO 15 SUBGRUPO SUBGRUPO 4 CAPÍTULO 1 – CASAS DE SALUD Y RESIDENCIALES DE ANCIANOS (SIN FINES DE LUCRO)
El 19 de junio de cada año es el Día del Trabajador de la Residencia del anciano, siendo Feriado pago no laborable.
GRUPO 15 –SUBGRUPO 4 CAPÍTULO 2 – CASAS DE SALUD Y RESIDENCIALES DE ANCIANOS (CON FINES DE LUCRO)
Misma situación punto anterior.
20 DE JUNIO
GRUPO 19-21-2 – ADMINISTRACIÓN ZONAS FRANCAS
El 20 de junio de cada año es el Día del Trabajador de Zona Franca el que será Feriado pago.
21 DE JUNIO
GRUPO 11 – COMERCIO MINORISTA DE LA ALIMENTACIÓN
Se reconoce el día 21 de junio de cada año como el día del trabajador del comercio minorista de la alimentación. El Convenio respectivo no lo establece como Feriado pago.
GRUPO 19-6-1 – RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES
El 21 de junio de cada año es el día del trabajador del sector, el que será Feriado pago laborable.
GRUPO 19-07 – EMPRESAS DE LIMPIEZA
En el “Día del Trabajador y la Trabajadora de las Empresas de Limpieza”, es Feriado pago laborable.
El pago extraordinario será de acuerdo a las horas fijadas como jornada laboral en el contrato de trabajo.
GRUPO 19-09 – MENSAJERÍAS Y CORREOS PRIVADOS
El 21 de junio de cada año es el día del trabajador de los Correos Privados, el que será Feriado laborable no pago.
GRUPO 19-13 – INVESTIGACIÓN DE MERCADO
Se reconoce el día 21 de junio como el Día del Trabajador del Sector. Es Feriado laborable pago.
GRUPO 19-23 – ALQUILER DE EQUIPOS DE FILMACIÓN
El 21 de junio de cada año es el día del trabajador del sector. En caso de trabajarse se paga doble, y en caso de no trabajarse no se paga.
A los efectos del cálculo de la paga o el descuento de este feriado en el caso del trabajador mensual se dividirá el sueldo mensual entre 30.
24 DE JUNIO
GRUPO 20-2y3– ENTIDADES GREMIALES Y SOCIALES
El 24 de Junio es el día de los trabajadores del sector. Corresponde al cuarto lunes del mes de junio de cada año, el que se considerará como Feriado laborable.
Las entidades no asumen la obligación de otorgar asueto a su personal en este día, aún en aquellos casos en que sea costumbre no trabajar en este tipo de feriados. Las instituciones podrán acordar con sus trabajadores el régimen que entiendan pertinente.