La IMM estableció en una Resolución del 26 de Agosto de este año, autorizar la comercialización en Montevideo, de productos alimenticios producidos en otros departamentos con registro vigente.
El plazo dispuesto por esta autorización es hasta el 1o.de Marzo del 2025. Estos productos con registro vigente en las Indendencias de otros departamentos del país, deberán presentar estos últimos cuando les sea requerido.
Esta Resolución de la IMM constituye una autorización especial, comprendida en el marco de la instrumentación del nuevo sistema de Registro Unico Nacional de Alimentos, Empresas y Vehículos (RUNAEV), próximo a iniciarse.
IMPORTANTE: la IMM bonifica hasta un 100% del pago de la Tasa Bromatológica por habilitación y registro de productos, en caso que la planta que los elabora esté localizada en otro departamento y los productos hayan sido registrados en la intendencia local.
La referida resolución constituye un importante estímulo para que las empresas del interior comercialicen sus productos alimentarios en la capital del país.