Resumimos las características y condiciones de este aporte estatal para que las empresas puedan contratar trabajadores con un beneficio.
Por cada nuevo trabajador que se contrate por parte de las empresas, en el período entre el 1º. de Julio y el 1º. de Octubre de este año, se fijó un aporte especial de $5.000 mensuales.
Los trabajadores deberán tener entre 30 y 44 años de edad al momento de la contratación, y 6 meses como mínimo en situación de desempleo forzoso en el período inmediato anterior.
El plazo mínimo de contratación deberá ser de 6 meses, pero con períodos de prueba.
PERIODOS DE PRUEBA:
- Para contratos de 6 a 8 meses, máximo 45 días.
- Contratos de 9 a 11 meses, máximo 60 días.
- Contratos de 12 o más meses, hasta 90 días.
OTRAS CONDICIONES PARA RECIBIR EL BENEFICIO
- Las empresas no deberán haber rescindido unilateralmente ningún contrato laboral, ni haber realizados envíos al seguro por desempleo durante los 90 días anteriores a la contratación ni durante el plazo que durare la misma (en la misma categoría laboral del trabajador contratado).
- Esta condición NO se aplicará a las rescisiones fundadas en notoria mala conducta, ni a las desvinculaciones en actividades zafrales o a término.
- Las empresas deberán estar al día con BPS y DGI.
- No estarán habilitadas las empresas registradas ante el Banco de Previsión Social en calidad de «Usuario de Servicios», ni las empresas suministradoras de personal (exceptuando sus trabajadores no dedicados a la prestación temporaria de servicios para terceros).
- Las contrataciones deberán ser de jornada completa (44 o 48 horas semanales, según corresponda). Si fueran por periodos menores, el mínimo deberá ser por 20 horas semanales y el aporte se prorrateará.
IMPORTANTE:
- El aporte se hará efectivo por un crédito para cancelar obligaciones corrientes de la empresa ante el BPS, no pudiendo superar el 100% de las mismas.
Estas actualizaciones de información son parte del Asesoramiento empresarial de BACHINI CONSULTORES.