La Dirección General Impositiva (DGI) de Uruguay ha publicado oficialmente la nómina de emisores desafiliados del régimen de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE), por incumplimientos graves.
Esta medida responde a la detección de graves acciones por parte de ciertos emisores, incluyendo la emisión de facturas sin respaldo de actividad económica real.
En cumplimiento del Artículo 13 del Decreto 36/012, se faculta a la DGI a desafiliar del régimen de CFE a emisores que incumplan con las obligaciones técnicas o formales del sistema.
IMPORTANTE: Como efectos de la desafiliación, se pierde el derecho a emitir comprobantes fiscales electrónicos (CFE).
Por otra parte, se invalidan los comprobantes emitidos por los emisores afectados, que NO podrán utilizarse para respaldar créditos fiscales, deducciones ni gastos computables en las Declaraciones Juradas.
La desafiliación busca inhibir el uso de facturación electrónica por parte de emisores ficticios, comúnmente denominados “empresas de papel” o “emisores de facturas falsas”, que afectan la transparencia y equidad del sistema tributario.
PUBLICACION DE LA NOMINA DE EMISORES DESAFILIADOS
La DGI difundirá y mantendrá actualizada la nómina de emisores desafiliados a través de los siguientes canales:
-Sitio web institucional de DGI: sector “Contribuyentes incumplidores”, en el canal Empresas y Servicios de uso frecuente.
https://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/contribuyentes_incumplidores
-Portal de eFactura: en Destacados y en Información General.
https://www.efactura.dgi.gub.uy
-Comunicaciones personalizadas a proveedores de servicios de facturación electrónica, a los emisores involucrados y a contribuyentes que sean usuarios intensivos de sus comprobantes.
RECOMENDACIONES A CONTRIBUYENTES Y EMPRESAS
– Verificación previa: Antes de aceptar o registrar comprobantes fiscales, asegúrese de que el proveedor no figure en la nómina de emisores desafiliados.
– Auditoría interna: Revise comprobantes ya ingresados en sus sistemas contables para evitar contingencias tributarias.
– Consulta proactiva: Ante dudas, consulte con su asesor contable o directamente con la DGI.

