Por medio de un Decreto reciente- el 220/025- el gobierno otorgó nuevamente el régimen de beneficios fiscales a turistas no residentes, para el período que abarca entre el 15 de Noviembre próximo al 30 de Abril de 2026.
Se exonera el IVA en servicios turísticos clave, como gastronomía, eventos y alquiler de vehículos. Esta medida busca incentivar el turismo receptivo en temporada alta.
Los beneficiarios deben ser personas físicas no residentes, y que realicen los pagos mediante tarjetas de crédito o débito emitidas en el exterior.
También incluye la transferencia electrónica de fondos provenientes de otros países.
SERVICIOS COMPRENDIDOS
1.-Servicios gastronómicos: los prestados en bares, cantinas, restaurantes, confiterías, cafeterías, salones de té y similares. O por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y campings hostels.
Con la condición que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
2.-Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
3.-Servicios de fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior.
4.-Arrendamientos de vehículos sin chofer.
MODALIDADES DE REDUCCION DEL IVA
*En establecimientos comprendidos en el régimen de Monotributo, se aplica un descuento del 18,03% sobre el total de la operación.
*En otros casos, se aplica la exoneración total del IVA, conforme al Decreto 537/005 y sus modificaciones.
IMPACTO EN LA PROMOCION DEL TURISMO
Esta política forma parte de una estrategia sostenida por el Ministerio de Turismo para fomentar el turismo receptivo, especialmente desde países vecinos como Argentina y Brasil, y desde Europa y Norteamérica.
Objetivos clave:
*Aumentar el consumo turístico en sectores como gastronomía, eventos y movilidad.
*Mejorar la competitividad regional frente a destinos con menor carga fiscal.
*Estimular el uso de medios de pago electrónicos internacionales, facilitando el control y la trazabilidad.
Otras medidas complementarias vigentes:
-IVA cero en hospedajes durante todo el año.
-Devolución parcial de IVA en servicios turísticos fuera de temporada.
-Promociones coordinadas con operadores turísticos y aerolíneas.

