La campaña de Declaración Jurada del IASS 2026 (ejercicio 2025) comenzó el 9 de abril y se extiende hasta el 31 de agosto. Solo determinados jubilados y pensionistas están obligados a presentarla, principalmente quienes superen ingresos anuales de $963.510 o estén en el régimen de AFAP sin haber presentado el formulario 3800.
Quiénes deben presentar la Declaración Jurada de IASS
La Dirección General Impositiva (DGI) establece que la mayoría de los jubilados y pensionistas no están obligados a presentar la declaración. Sin embargo, sí deben hacerlo:
-Jubilados con ingresos de más de una institución previsional, si en 2025 superaron los $963.510 nominales.
-Jubilados con pasividades de un único organismo previsional que no incluyan ingresos en diciembre de 2025.
-Pasivos jubilados por el régimen de AFAP, en dos casos:
*Si sus ingresos anuales superaron los $963.510 nominales.
*Si no superaron ese monto pero no presentaron el formulario 3800.
-Opcional: jubilados que no estén obligados pero quieran acceder al crédito fiscal por arrendamiento, siempre que hayan tenido retenciones de IASS en 2025.
Mínimo no imponible y franjas de ingresos obligados a pagar el IASS
El mínimo no imponible pasa de $ 59.184 a $ 61.776 a partir del 1º de enero de 2026, lo que equivale a 9 BPC en el mes. Es decir, menos de ese monto en jubilaciones y pensiones, la persona no debe pagar el IASS a la Dirección General Impositiva (DGI).
Para quienes sí deben pagar este tributo, así quedaron las franjas impositivas:
*En la franja de más de 9 a 15 BPC (ingresos de jubilaciones y pensiones de entre $ 61.777 a $ 102.960), la tasa es de 6%.
*Más de 15 a 50 BPC (ingresos de jubilaciones y pensiones de entre $ 102.961 a $ 343.200), la tasa es 24%.
*Más de 50 BPC (ingresos de jubilaciones y pensiones a partir de $ 343.201), la tasa es 30%.
Fechas Clave de la Campaña IASS 2026
-9 de abril: desde esa fecha está disponible el formulario en línea en el portal de DGI, con datos precargados de pasividades, pensiones y retenciones.
-15 de abril: ese día dio inicio de la asistencia personalizada presencial (con agenda previa vía web o WhatsApp al 098 134 400).
-31 de agosto: fecha límite para presentar la declaración jurada.
-15 de mayo: comienzan las devoluciones para quienes optaron por cobro en cuenta bancaria.
-28 de mayo: habilitación de devoluciones en redes de cobranza.
-30 de junio: inicio del pago de cuotas para quienes tengan saldo a pagar por IASS.

