Cuando una persona o una empresa solicitan un préstamo o crédito, la institución financiera o el acreedor suele exigir algún tipo de garantía que respalde la operación.
Las garantías cumplen la función de asegurar que, en caso de incumplimiento, el acreedor tenga un mecanismo para recuperar lo prestado. En ese sentido, existen varias alternativas que se adaptan a distintos tipos de bienes y situaciones.
Hipoteca
La hipoteca es una de las garantías más tradicionales. Se constituye sobre bienes inmuebles o derechos de naturaleza inmueble, como terrenos, casas, apartamentos o campos. El requisito básico es que el otorgante sea propietario del bien.
En los casos en que el deudor no sea aún propietario, pero tenga derechos derivados de una promesa de compraventa, puede ofrecer una prenda de derechos de promitente comprador. Eso precisamente ocurre con frecuencia en edificios en construcción o proyectos inmobiliarios que aún no tienen final de obra.
Prenda
La prenda se aplica sobre bienes muebles y también sobre ciertos derechos. Puede recaer sobre vehículos, ganado, semillas, bosques, herramientas de trabajo o incluso derechos hereditarios y posesorios.
Un avance importante fue la creación de la Ley N.º 17.228 de Prenda sin Desplazamiento (2000), que permite que el bien dado en garantía permanezca en poder del deudor. De esta manera, el deudor puede seguir utilizándolo para generar ingresos y cumplir con sus obligaciones. Ejemplos típicos:
-Un industrial que prenda sus herramientas y equipos para comprar maquinaria nueva.
-Un camionero que prenda su camión, que es su fuente de trabajo.
Fianza
La fianza es una garantía personal. Un tercero (fiador) se compromete a cumplir la obligación si el deudor principal no lo hace. Sus aspectos principales son:
-Puede ser gratuita u onerosa.
-Puede estar sujeta a plazo o condición.
-El fiador no puede asumir obligaciones más gravosas que las del deudor principal (ni en monto, ni en tiempo, ni en condiciones de pago). Es una modalidad frecuente utilizada cuando el deudor no posee bienes suficientes para ofrecer en garantía.
Aval bancario y cesión de créditos
-El aval bancario es una garantía emitida por una entidad financiera, que respalda el cumplimiento de la obligación del deudor.
-La cesión de créditos condicionada permite que el acreedor reciba derechos de cobro sobre créditos del deudor, que se activan en caso de incumplimiento.
Fideicomiso en garantía
Esta modalidad se caracteriza porque el deudor transfiere bienes a un fiduciario, quien los conserva durante un plazo determinado. El acreedor de la obligación contractual es el beneficiario del fideicomiso. Si el deudor incumple, el fiduciario tiene la obligación de vender los bienes fideicomitidos y pagar al acreedor con el producido de la venta.
Este mecanismo es considerado muy eficaz porque la venta del bien no se detiene por objeciones del deudor. Cualquier reclamo se tramita en juicio posterior, pero no impide la ejecución inmediata.
Recaudos para asegurar la garantía
En la mayoría de los casos se exige contratar seguros sobre los bienes dados en garantía. Estos seguros cubren riesgos como pérdida, destrucción, incendio o robo. Las pólizas se ceden a favor del acreedor, de modo que si ocurre alguno de esos eventos, el acreedor cobra directamente la indemnización.
Obligaciones del dador de bienes en garantía
Quien ofrece bienes en garantía debe conservarlos diligentemente. Esto es lógico, ya que si el préstamo no se paga, el bien será ejecutado y vendido en remate para cubrir la deuda.
Importante: ofrecer un bien en garantía no significa que el acreedor se quede con el bien directamente; lo que ocurre es que se remata y con el dinero obtenido se paga la obligación.
Conclusión
Las garantías para préstamos son variadas y se adaptan a diferentes tipos de bienes y necesidades. La hipoteca, la prenda, el fideicomiso en garantía, la fianza, el aval bancario y la cesión de créditos son mecanismos que brindan seguridad al acreedor y confianza al sistema financiero.
Cada modalidad tiene sus particularidades, pero todas comparten el objetivo de respaldar el cumplimiento de la obligación y ofrecer alternativas flexibles para que tanto deudores como acreedores encuentren la solución más adecuada y posible.
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