Desde el 1° de marzo de 2026, el SUCIVE exige que el pago de la patente de rodados se realice junto con las multas de tránsito, ofreciendo descuentos de hasta el 50% según la modalidad de pago.
Los convenios deben gestionarse de forma presencial en la intendencia correspondiente.
Nuevas disposiciones de SUCIVE sobre multas
–Fecha de inicio: 1° de marzo de 2026.
–Obligación: el pago de multas de tránsito se hace en conjunto con la patente de rodados.
–Descuentos disponibles:
*50% para quienes pagan la patente anual y saldan las multas al contado.
*30% para quienes optan por el pago bimensual de la patente y las sanciones.
–Aplicación: los descuentos se reflejan automáticamente al momento de pagar en la web de SUCIVE.
–Alcance: se aplican a todas las multas registradas en el vehículo, sin importar el año en que se cometió la infracción.
Cómo hacer un convenio
–Trámite presencial: los convenios para pagar multas deben gestionarse en la intendencia donde está empadronado el vehículo o en la que emitió la licencia de conducir.
–Condiciones: Si el convenio se realiza en la intendencia de empadronamiento, puede aplicarse el 50% de descuento.
-Si se hace en la intendencia que emitió la licencia, el beneficio es del 30%.
-Requisitos: presentar la documentación del vehículo y la cédula de identidad del titular.
IMPORTANTE:
-No se puede pagar la patente sin saldar las multas.
-Los descuentos son automáticos, no requieren solicitud previa en la web.
-Atención a posibles fraudes: SUCIVE advierte que no envía enlaces por SMS ni correos electrónicos para el pago de infracciones; toda gestión debe hacerse en su sitio oficial sucive.gub.uy

